ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO la acción de Amparo Constitucional intentada por el ciudadano JORGE FUENTES, en contra de la sociedad mercantil MULTITIENDA SANTO DOMINGO C.A., todo de conformidad con el artículo 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia además con la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
A tal efecto, ordena:
PRIMERO: Notificar por boleta a la sociedad mercantil MULTITIENDA SANTO DOMINGO C.A., plenamente identificado en las actas procesales, presunto agraviante o en la persona del ciudadano LEANNY DAVILA en su carácter de PROPIETARIO de la patronal. Se acompañará a la boleta de citación correspondiente, copia de esta decisión, de la solicitud de Amparo Constitucional y su admisión, haciéndole saber que deberá hacerse presente en la Audiencia Constitucional a fin de que exponga lo que estime pertinente acerca de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta.