DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, ESTE JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
1.- PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMADA que por concepto de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales sigue la ciudadana NERYS MOLINA ALVARADO, en contra de la Asociación Civil UNIVERSIDAD RAFAEL URDANETA.
2.- SE CONDENA A LA PARTE DEMANDADA Asociación Civil UNIVERSIDAD RAFAEL URDANETA a cancelar a la parte actora ciudadana NERYS MOLINA ALVARADO, los conceptos y cantidades que se especifican en la parte motiva del presente fallo.
3.- NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, en virtud de naturaleza parcial del fallo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo .....