DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA CON SEDE EN MARACAIBO, administrando justicia por autoridad de la Ley, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, se declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer del Recurso de Abstención o Carencia interpuesto por el ciudadano SINFOROSO CAMPOS SALAS, contra la Inspectoría del Trabajo de San Carlos del Estado Zulia.
SEGUNDO: Se ordena SUBSANAR la presente demanda, consignando la parte recurrente: El expediente administrativo 063-2014-01-00180, y eventualmente cualesquiera otro documento fundante del recurso de Abstención o Carencia, a los efectos de examinarlos como documentos de interés fundamental para el eventual pronunciamiento sobre la admisión o no del presente Recurso.
TERCERO: Se le concede a la parte actora el lapso de tres (3) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la presente fecha, para s.....