DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
1.- CON LUGAR LA SOLICITUD DE CALIFICACION DE DESPIDO, intentada por el ciudadano JOSE GREGORIO MANZANILLA LARA contra la Empresa Mercantil WIDE TECC LABORATORY C.A.-
2.- Se ordena el reenganche del ciudadano JOSE GREGORIO MANZANILLA LARA, a sus laborales habituales de trabajo bajo las mismas condiciones que venia desempeñando en la Empresa Mercantil WIDE TECC LABORATORY C.A, asimismo se ordena el pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha de la notificación de la demandada, es decir, desde el 03 de Marzo de 2006, hasta la fecha de la efectiva reincorporación del trabajador a sus labores.
3.- SE CONDENA en costas a la parte demandada, de conformidad con lo e.....