DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, ESTE JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
1.- CON LUGAR LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN, alegada por la representación judicial de la demandada.
2.- SIN LUGAR LA DEMANDA, incoada por la ciudadana PATRICIA ALMARZA, en contra de la Sociedad Mercantil J.P.L., C.A. (PLATINIUM CLUB, C.A.), por concepto de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales.
3.- NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, de conformidad con lo indicado en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 1.384 del Código Civil y a los fines legales p.....