DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, ESTE JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
1.- LA CONFESIÓN DE LA ACCIONADA AGENCIA DE LOTERÍAS UNIÓN (CENTRO DE APUESTAS COOPERATIVA MAMBRA).
2.- CON LUGAR LA DEMANDA que por PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, sigue la ciudadana JOHAXY MARCANO, en contra de la AGENCIA DE LOTERÍAS UNIÓN (CENTRO DE APUESTAS COOPERATIVA MAMBRA).
3.- Se condena a la accionada AGENCIA DE LOTERÍAS UNIÓN (CENTRO DE APUESTAS COOPERATIVA MAMBRA), a cancelar a la ciudadana JOHAXY MARCANO los conceptos y cantidades que se especifican en la parte motiva del presente fallo.
4.- Se condena en Costas a la demandada, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE. Déjese copia cer.....