DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, ESTE JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
1) SIN LUGAR LA DEMANDA intentada por el ciudadano EVAN CARRUYO MARTINEZ, en contra del GRUPO ECONÓMICO BBC, C.A., conformado por las Sociedades Mercantiles DISTRIBUIDORA VIVALCO 39, C.A., LOCOMOTORA 30, C.A., DISTRIGOBAL 39, C.A., DISTRIGLOBAL, C.A., DISTRIBUIDORA VIVALCO 29, C.A., LOCOMOTORA 29, C.A., DISTRIGLOBAL 29, C.A, y DISTRIBUIDORA VIVALCO, C.A.
2) Se condena en costas a la parte actora, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo .....