1.- SE HOMOLOGA LA TRANSACCION LABORAL celebrada en ocasión del juicio que por Prestaciones Sociales sigue el ciudadano JUAN CARLOS SOTO PINEDA en contra de la COOPERATIVA GESTIÓN URBANA 256 (AMBAS PARTES SUFICIENTEMENTE IDENTIFICADAS EN LAS ACTAS PROCESALES), por lo que se le imparte el carácter de cosa juzgada a dicho acuerdo transaccional.
2.- NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza del fallo.
3.- SE ACORDARÁ en auto por separado, dar por terminado y ordenar el archivo definitivo del expediente, una vez cumplido el pago acordado.