1.- SE HOMOLOGA LA TRANSACCION LABORAL celebrada en ocasión del juicio que por Prestaciones Sociales sigue la ciudadano LUIS JOSÉ AGUIRRE en contra de la empresa TRANSPORTE COAL SEA DE VENEZUELA C.A. (AMBAS PARTES SUFICIENTEMENTE IDENTIFICADAS EN LAS ACTAS PROCESALES), por lo que se le imparte el carácter de cosa juzgada a dicho acuerdo transaccional.
2.- NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza del fallo.
3.- SE ACUERDA el archivo definitivo del expediente y la terminación del presente procedimiento.