1.- SE HOMOLOGA LA TRANSACCION LABORAL celebrada en ocasión del juicio que por PRESTACIONES SOCIALES sigue el ciudadano JAIRO MORALES en contra de la empresa CARPINTERÍA RINCÓN DEL ARTE (AMBAS LAS PARTES SUFICIENTEMENTE IDENTIFICADAS EN LAS ACTAS PROCESALES), por lo que se le imparte el carácter de cosa juzgada a dicho acuerdo transaccional.
2.- NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza del fallo.
3.- SE ACUERDA dar por terminado el presente asunto y el archivo definitivo del expediente, en auto por separado, siempre que conste en actas, el pago de lo acordado.