DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia por autoridad de la Ley, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA FALTA DE CUALIDAD OPUESTA POR EL CO-DEMANDADO LEONARDO YORDI FERNANDEZ.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por prestaciones sociales y otros conceptos laborales sigue el ciudadano JOSE ROJAS YARI en contra de los co-demandados de autos Sociedad Mercantil CONSTRUCTORA YORDI, SANCHEZ, LEAL, C.A (CYSALCA), y el ciudadano LEONARDO YORDI FERNANDEZ, ambas partes plenamente identificadas en las actas procesales.
TERCERO: Se condena a los co-demandados Sociedad Mercantil CONSTRUCTORA YORDI, SANCHEZ, LEAL, C.A (CYSALCA), y el ciudadano LEONARDO YORDI FERNANDEZ, a pagarle al ciudadano JOSE ROJAS YARI las cantidades especificadas en la parte motiva de la presente decis.....