1.- SE HOMOLOGA LA TRANSACCION LABORAL celebrada en ocasión del juicio que por PRESTACIONES SOCIALES Y ACCIDENTE DE TRABAJO sigue los ciudadanos GUSTAVO VALERA CASTILLO en contra de las empresa PEPSI COLA VENEZUELA C.A., (AMBAS LAS PARTES SUFICIENTEMENTE IDENTIFICADAS EN LAS ACTAS PROCESALES), por lo que se le imparte el carácter de cosa juzgada a dicho acuerdo transaccional.
2.- NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza del fallo.
3.- EXPÍDASE copia certificada de la transacción presentada y del presente fallo, para lo cual se faculta suficientemente a la ciudadana ELIZABETH MEZZAPEZA.
4.- SE ACUERDA dar por terminado el presente asunto y el archivo definitivo del expediente, para su posterior remisión al archivo judicial.