DISPOSITIVO:
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE HOMOLOGA el acuerdo transaccional por lo que se le atribuye el carácter de cosa juzgada a la transacción laboral celebrada entre la ciudadana YUNAIRE RAMONA DIAZ RODRIGUEZ, y las Sociedades Mercantiles CARTERA DE COLORES C.A., ANGORA IMPORT C.A., EL CALLEJÓN DE LAS CARTERAS y CHINITA JEANS C.A.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del presente fallo.
TERCERO: No se ordena el archivo definitivo del presente asunto, hasta tanto no conste en actas del pago referido.
Dada, firmada y sellada en la Sala de este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en Maracaibo, a los veintisiete (2.....