Por los fundamentos expuestos, ESTE JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: Parcialmente con lugar la demanda que por Accidente de Trabajo y Prestaciones Sociales, tiene incoada el ciudadano LEONARDO ATENCIO, en contra de la Sociedad Mercantil MOLINOS NACIONALES C.A (MONACA).
SEGUNDO: Se condena a la demandada Sociedad Mercantil MOLINOS NACIONALES, C.A. (MONACA), a cancelar al ciudadano LEONARDO DAVILA, la cantidad de CUATROCIENTOS QUINCE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO BOLÍVARES CON CUARENTA Y SIETE CÉNTIMOS (Bs. 415.758,47), por los conceptos indicados en al parte motiva del presente fallo.
TERCERO: Se ordena el pago de los Intereses sobre la Prestación de Antigüedad previstos en el artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, cuyo monto se determinará mediante experticia Complementaria .....