DISPOSITIVO
Atendiendo a los razonamientos antes señalados, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, establece:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer y decidir la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano GERARDO GONZALEZ NAGEL, en su condición de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil INDUSTRIAS PER COMPAÑÍA ANÓNIMA (INPERCA), plenamente identificada en actas, en contra de la Ciudadana ANMY PÉREZ en su condición de INSPECTORA DEL TRABAJO JEFE, de la Inspectoría del Trabajo Dr. LUIS HOMEZ.
SEGUNDO: INADMISIBLE la presente Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por el ciudadano GERARDO GONZALEZ NAGEL, en su condición de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil INDUSTRIAS PER COMPAÑÍA ANÓNIMA (INPERCA), plenamente identific.....