DECISIÓN
Por los fundamentos anteriormente expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: Se declara LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el Recurso de Nulidad del Acto Administrativo, interpuesto por la sociedad mercantil BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, BANCO UNIVERSAL, C.A., debidamente asistido por la abogada SUÑE DEL MAR VILCHEZ TORO, donde interpusieron Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad contra Providencia administrativa Nº 261/14 Auto de fecha dieciocho (18) de diciembre de 2014, de la Inspectoría del Trabajo, Dr., Luís Homez, Maracaibo – Estado Zulia, expediente Nº 042-2013-01-02334, la cual declaro con lugar la solicitud de REENGANCHE Y RESTITUCIÓN DE DERECHOS, incoada por la ciudadana ARELIS PRIMERA.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del .....