DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: Parcialmente con lugar la demanda que por Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales interpuso la ciudadana EDILSA PERTUZ, en contra del INSTITUTO MUNICIPAL DE ASEO URBANO (IMAU).
SEGUNDO: Se condena al demandado INSTITUTO MUNICIPAL DE ASEO URBANO (IMAU), a cancelar a la demandante EDILSA PERTUZ, la cantidad de TRES MIL DOSCIENTOS DIECISIETE BOLÍVARES CON NOVENTA Y TRES CENTIMOS (Bs. 3.217,93), por los conceptos indicados en al parte motiva del presente fallo.
TERCERO: Se ordena el pago de los Intereses sobre la Prestación de Antigüedad previstos en el artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, cuyo monto se determinará mediante experticia Complementaria del fallo, por exp.....