Éste Tribunal, una vez analizados los términos en los cuales fue redactada la transacción, observa que la misma reúne los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículos 10 y 11 del Reglamento, y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, es por lo que, éste Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, impartiéndole el carácter de Cosa Juzgada, se declara terminado el proceso y se ordena el archivo definitivo del expediente; se ordena entregar a las partes las pruebas consignadas al inicio de la audiencia preliminar; asimismo se ordena proveer lo solicitado los las apoderadas judiciales de las partes, devolviendo los documentos que corren insertos en el expediente, previa certificaci.....