En el asunto referido a la demanda intentada por el ciudadano Elio Dario Maldonado en contra de la sociedad mercantil Agroindustria Lactea Pacomela, C.A., correspondiendo el día de hoy la oportunidad para la celebración de la audiencia preliminar, este Tribunal deja constancia de la incomparecencia de las partes, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.