Se HOMOLOGA PARCIALMENTE la transacción celebrada entre el ciudadano LUIS FELIPE JIMENEZ MESA y la JUNTA DE CONDOMINIO DEL EDIFICIO LAGO NORTE Y SUS COPROPIETARIOS, respecto a los hechos litigiosos comprendidos en el procedimiento por cobro de indemnización por enfermedad, prestaciones sociales y demás beneficios laborales, en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada, dándose por terminado el presente procedimiento, ordenándose el archivo definitivo del expediente. De conformidad con el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS.