En este estado, el tribunal visto de que la mediación ha sido positiva, y verificada las facultades otorgadas al apoderado judicial de la parte demandada, entre ellas las de convenir y transigir; y recibir cantidades de dinero, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, y con ello el PAGO EFECTUADO dándole efectos de la Cosa Juzgada, y ordenando se ARCHIVE EL EXPEDIENTE por cuanto no existe materia sobre la cual decidir. .
El Juez La Secretaria.
Abog. Alfredo García López
Aboga. ANA MIREYA PÉREZ
Los Presentes.