en consecuencia al no darse en el presente caso que nos ocupa estas condiciones, mal podría este Juzgador por los momentos decretar las mediadas cautelares solicitadas; en consecuencia por los argumentos aquí expuestos se NIEGA LAS MEDIDAS CAUTELARES SOLICITADAS. Así se decide.
El Juez
Abog. Alfredo García López La Secretaria
Aboga. Ana. M. Pérez V.