Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Ordenando expedir dos (02) copias certificadas de la presente acta, para cada una de las partes, las cuales solicitaron en el presente acto, autorizando al ciudadano Melvin Navarro, para que elabore y confronte las copias simples con los originales.