REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, veintinueve de abril de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: VP01-L-2008-000580
Revisada como ha sido la transacción realizada por la ciudadana MARY CRUZ DELGADO DELGADO, parte actora en el presente asunto, debidamente asistida por el abogado GUSTAVO HERAS ARAUJO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No.126.844, por una parte y por la otra el abogado RAFAEL MESA URDANETA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 105.247,en su carácter de apoderado judicial de la FUNDACIÓN PARQUE SUR DE MARACAIBO, donde se le cancela al trabajador, la cantidad de TRES MIL CATORCE BOLÍVARES FUERTES CON 98/100 CENTIMOS (Bs. F. 3.014,98); este Juzgado visto que la misma reúne los requisitos establecidos en el Parágrafo Único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo 10 y 11 de su Reglam.....