DISPOSITIVO
En nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, el Tribunal Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, administrando justicia por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA NULIDAD de la Audiencia Preliminar celebrada en fecha 18 de abril de 2011, así como de la decisión que declaró la incomparecencia de la parte demandada, en la presente causa por reclamo de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales, sigue el ciudadano LUIS ANTEQUERA BARRIOS en contra de la Sociedad Mercantil URBANIZADORA VIENTO NORTE, C.A., y a su vez en forma solidaria y a título personal, al ciudadano BERNARD POEY QUINTAA, debidamente identificados supra.
SEGUNDO: LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA, al estado en que se practique la Notificación de los demandados.
No hay pronunciamiento en cuanto a costas procesales dada la naturaleza de la pre.....