DISPOSITIVO
En nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, el Tribunal Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, administrando justicia por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA NULIDAD de la Audiencia Preliminar celebrada en fecha 19 de noviembre de 2009, en la presente causa por reclamo de Diferencia de Prestaciones Sociales, sigue el ciudadano HECTOR GARCIA en contra de INVERSIONES ODACA C.A.
SEGUNDO: LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA, al estado en que se practique la Notificación a la demandada.
TERCERO: En cumplimiento y conforme al particular anterior, se ordena librar nuevo Cartel de Notificación.
No hay pronunciamiento en cuanto a costas procesales dada la naturaleza de la presente decisión.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE Años 150º y 199º.
LA JUEZ
ABOG. MARLENE ROJAS DE SIÚ