este JUZGADO DÉCIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por Indemnizaciones derivadas de Accidente Laboral, interpuso ALBIN MARTÍNEZ PIRELA, en contra de: SERVICIO DE CARGA Y DESCARGA PEDRO MARÍN, C.A; MI COCINA, C.A.; OCCIDENTAL DE ADUANAS, C.A. y PEDRO JOSÉ MARÍN PARRA, debidamente identificados en el libelo.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a cancelar la suma de CIENTO VEINTIUN MIL SEISCIENTOS TRENTA Y SEIS BOLÍVARES CON TREINTA Y DOS CÉNTIMOS (Bs.121.636,32); a esta cantidad, se le sumará la indexación o ajuste por inflación que deberá ser calculada mediante una experticia complementaria del fallo, que debe ser practicada por un solo perito designado por el Tribunal, en base a los siguientes parámetros: La indexación.....