DISPOSITIVO
En nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, el Tribunal Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, administrando justicia por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA NULIDAD de la Audiencia Preliminar celebrada en fecha 16 de septiembre de 2009, así como de la decisión que declaró la incomparecencia de la parte demandada, en la presente causa que por Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales, siguen los ciudadanos: FABIO COLOMBINO FAGIOLI, RON ELI FAGIOLI CAMACHO y EDUARD ZABALA, en contra de la patronal PROYECTOS SUMINISTROS Y SERVICIO, C.A. (PROSUSERCA), y de DANIEL MENDEZ (identificados supra).
SEGUNDO: LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA, al estado en que se practique la Notificación a la parte demandada.
No hay pronunciamiento en cuanto a costas procesales dada la naturaleza de la presente decisión. .....