Vista la diligencia de fecha dieciséis (16) de diciembre de 2010, suscrita por el abogado RODOLFO HAYDE, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 30.883, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos FRANCISCO TINEDO y ROMER ALARCON, identificados en actas, debidamente facultado según instrumento poder que se encuentra consignado en las actas procesales, mediante la cual desiste del procedimiento incoado en contra de las sociedades mercantiles SERENOS LA PROTECCIÓN, C.A (SEREPROCA), CORP BANCA, C.A BANCO UNIVERSAL y BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO BANCO UNIVERSAL, C.A; este Tribunal Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, HOMOLOGA DICHO DESISTIMIENTO le imparte su aprobación y le otorga el carácter de Cosa Juzgada, dando por terminado el procedimiento que por Beneficio de Alimentación y otros conceptos laborales siguieron los ciudadano.....