este Juzgado Décimo Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Así se decide PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 154 y 203.
El Juez
El Secretario
Abg. Marlene Rojas de Siu
Los Presentes