AbgAhora bien visto el acuerdo de las partes este Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y por cuanto el acuerdo transaccional celebrado no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES y le imparte el carácter de Cosa Juzgada. Declara terminado el proceso y se abstiene de ordenar el archivo definitivo del expediente hasta tanto conste en actas el cumplimiento de lo acordado. Se ordena la devolución de las pruebas consignadas por las partes al inicio de la audiencia preliminar, se provee copias certificadas del acuerdo transaccional y de la presente acta, solicitadas por las partes. Así se decide. Publíquese y Regístrese la presente decisión.
La Juez
La Secretaria
Abg. Marlene Rojas de Siu Abg. Maira Parra.
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