Con fundamento en los motivos, y razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, es por lo que este JUZGADO DÉCIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por PRESTACIONES SOCIALES y otros conceptos, interpuso JOSÉ LUIS MORILLO MEJIA, en contra de GUARDIANES DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD, C.A.
SEGUNDO: Se condena a la sociedad mercantil demandada a cancelar la suma de CUARENTA MIL SETECIENTOS TREINTA BOLÍVARES CON SESENTA Y UN CÉNTIMOS (Bs. 40.730,61); a esta cantidad se le sumarán los intereses sobre las prestaciones sociales, los de mora, así como la indexación o ajuste por inflación que deberán ser calculados mediante una experticia complementaria del fallo, que debe ser practicada por un solo perito designado por el Tribunal, .....