El trabajador alega haber sido despedido en forma injustificada, por lo que reclama la cantidad de Bs. 8.366.220,20 (Bs. F. 8.366,22) por concepto de prestaciones sociales, horas extras, bono nocturno e indemnizaciones previstas en el artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo, los cuales se encuentran perfectamente discriminados en el libelo de demanda y se dan aquí por reproducidos.
En este estado toma la palabra, el abogado SIMON MENA, en representación de la demandada negando que se le deba la cantidad reclamada por cuanto el trabajador no laboró horas extras, ni días feriados por lo que de los cálculos realizados por mi representada en base a la Ley del Trabajo, lo que se le adeuda al trabajador por concepto de prestaciones sociales e indemnizaciones es la cantidad de UN MIL OCHENTA BOLIVARES FUERTES (Bs.F 1.080,00) sin embargo para dar por terminado el presente juicio ofrezco cancelar en nombre de mi representada la cantidad de DOS MIL BOLIVARES FUERTES ( Bs. F. 2.000,.....