Por los motivos antes expuestos, es por lo que este Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por SALARIOS CAIDOS, interpuso la ciudadana ALIDA SANABRIA, ya identificada, en contra de la sociedad mercantil CORPORACION PRATO C.A (PRATO & FORNE).
SEGUNDO: Se condena a la demandada a cancelar la suma de DOS MIL CIENTO VEINTIUN BOLIVARES CON 6/100 CENTIMOS (BS. 2.121,6). A esta cantidad se le sumarán los intereses de mora, así como la indexación o ajuste por inflación que deberán ser calculados mediante una experticia complementaria del fallo, que debe ser practicada por un solo perito designado por el Tribunal, en base a los siguientes parámetros:
a) Para el cálculo de los intereses moratorio estos se calcularan desde la terminació.....