Por los motivos antes expuestos, es por lo que este Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, interpuso el ciudadano RONALDY ESTEBAN MÁRQUEZ GONZÁLEZ, en contra de la sociedad mercantil MERCANTIL DEL LAGO C.A, , (suficientemente identificados en las actas procesales).-
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a cancelar la suma de CUATRO MIL SETECIENTOS SETENTA Y CINCO BOLÍVARES CON 88/100 CENTIMOS (Bs.4.775,88; a esta cantidad, se le sumarán los intereses de mora, así como la indexación o ajuste por inflación que deberán ser calculados mediante una experticia complementaria del fallo, que debe ser practicada por un solo perito designado por el Tribunal, en base a los siguientes parámetros:
a) El.....