Revisadas como han sido las transacciones presentadas por la abogada MARÍA GABRIELA FRANCHI MORAN, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No.57.306, actuando en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil CONSTRUCCIONES CARDOZO VILLASMIL (CONSCARVI, C.A), por una parte y por la otra los ciudadanos ALEJANDRO REINOZO y FENIX ISEA, titulares de las cédulas de identidad Nos. 17.385.035 y 7.669.431, respectivamente y asistidos en este acto por los abogados DIDIANA MEDINA y WILMER SANTOS, inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nos. 95.950 y 100.486 donde se le cancelan a cada uno de los trabajadores la cantidad de UN MILLON CUATROCIENTOS MIL BOLIVARES CON 00/100 CÉNTIMOS (Bs. 1.400.000,00), hoy Bs. F. 1.400,00, haciendo un total de DOS MILLONES OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES CON 00/100 CENTIMOS (Bs.2.800.000,00), lo que equivale a Bs. F 2.800,00que comprende el pago de prestaciones sociales; este Juzgado una vez analizados los términos en los cuales fue redactada la presente trans.....