REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, siete de mayo de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: VP01-L-2008-000638
Revisada como ha sido la transacción realizada por el ciudadano JORGE PORTILLO ORTÍZ, presente asunto, debidamente asistido por la abogada MARIELIS FERRER BRACHO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No.117.290, por una parte y por la otra el abogado RAFAEL MESA URDANETA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 105.247,en su carácter de apoderado judicial de la FUNDACIÓN PARQUE SUR DE MARACAIBO, donde se le cancela al trabajador, la cantidad de SEIS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES BOLÍVARES FUERTES CON 16/100 CENTIMOS (Bs. F. 6.873,16); este Juzgado visto que la misma reúne los requisitos establecidos en el Parágrafo Único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo 10 y 11 de su Reglamento, p.....