DISPOSITIVO
En consecuencia, y por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Décimo Segundo de Sustanciación Mediación y Ejecución del Circuito Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, desestima la intervención forzosa del tercero solicitada por la parte demandada y, en consecuencia, NIEGA el pedimento formulado. Se ordena la continuación de la causa por lo que la audiencia preliminar se realizará al décimo día hábil siguiente a la presente fecha a las nueve y quince de la mañana. (9:15 a.m)Así se decide.
El Juez
La Secretaria
Abg. Marlene Rojas de Siu
Abg. Joselyn Urdaneta