El veintidós de marzo de dos mil seis (22/03/2006), diligenció la abogada Clarisol Díaz Niño, manifestando que en nombre sus colegas identificados en el poder que los acredita como apoderados del demandante, renunciaban al poder conferido y que se notificara al actor de su decisión. El veinticuatro de marzo de 2006, el Tribunal se pronunció aceptando la renuncia de Clarisol Díaz Niño, pero no en cuanto al resto de los apoderados constituidos en la presente causa, por no haber evidencia de estar facultada para obrar en nombre de sus colegas; en la misma fecha el Juzgado acordó solicitarle a la renunciante la dirección del actor, por no constar en el expediente dirección alguna del mismo, y se libró la respectiva boleta de notificación. El seis de abril de 2006, el alguacil expuso sobre las resultas de esa notificación y es la última actuación en el expediente.
Ahora bien, desde esa fecha, esto es, seis de abril de dos mil seis (06/04/2006), hasta el día de hoy, tres de marzo.....