En el día hábil de hoy, 26 de Febrero de 2009, siendo las dos y treinta minutos de la tarde, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen el ciudadano ANGEL ALVAREZ, y la empresa PROPRICA, en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales RICARDO GORDONEZ, APODERADO ACTOR Y NISLEE PEÑA, apoderada de la demandada., quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo LA PARTE DEMANDADA OFRECE PAGARLE A LA PARTE ACTORA, QUIEN ACEPTA RECIBIRLA, LA CANTIDAD DE VEINTE MIL BOLIVARES (Bs 20.000,oo) la cual cubre todos y cada uno de los conceptos reclamados en el libelo de demanda, así como honorarios profeesionales, por lo que ambas partes solicitan se homologue el acuerdo de pago celebrado, se le de el carácter de cosa juzgada, se de por terminado el proceso y no se archive el expediente hasta t.....