Vista la anterior diligencia de fecha 19 de Junio de 2006, suscrita por el ciudadano JUAN MANUEL ANDRADE ANTUNEZ, en su carácter de parte actora, asistido por el Abogado MANUEL RIVAS MORA, mediante la cual, desiste de la acción y del procedimiento, en consecuencia, este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, da por consumado el acto del desistimiento del procedimiento y le da el carácter de Cosa Juzgada, asimismo se le da por terminado al presente asunto y se ordena el archivo definitivo del expediente.-
El Juez
Abog. Hugo Cordero