Se inicia el presente procedimiento de Prestaciones Sociales, intentado por el ciudadano NESTOR JAVIER JIMENEZ, titular de la cedula de identidad N° V-12.694.970, contra la sociedad mercantil CERAMICAS FINAGRES, C.A., siendo consignado el libelo en fecha trece (13) de Abril de 2011, siendo recibida por este Juzgado Octavo el mismo trece (13) de Abril de 2011. En fecha 14/14/11 se admitió la demanda y se libró cartel de notificación a la parte demandada. En fecha 27 de Abril de 2011 el Alguacil Argenis Oliveros expone y deja constancia que fue impracticable su notificación debido a que la empresa se encuentra totalmente cerrada y sin operatividad o actividad comercial desde hace un año.
Ahora bien, desde esa fecha esto es veintisiete (27) de Abril del año 2011, hasta el día de hoy veintisiete (27) de Octubre de dos mil quince (2015), ha transcurrido más de un (1) año, sin actividad procesal alguna.
Es por ello que la perención constituye un expediente prác.....