En el día hábil de hoy, 22 de Noviembre de 2016, siendo las 9:07 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen la ciudadana MARIA ISABEL SEGURA NAVARRO asistida por los judiciales abogados Guillermo Romero y Juan González y CONSTRUTORA NORBERTO ODEBRECHT, S.A. en su carácter de parte demandada, debidamente representada por la apoderada judicial abogada Elizabeth Fuentes, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada paga en este acto la cantidad de un millón doscientos setenta y un mil cuatrocientos sesenta y seis bolívares con veinticuatro céntimos (Bs. 1.271.466,24). Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES.