Vista y revisada como ha sido la transacción presentada en fecha diecinueve (19) de Diciembre de 2014 por el abogado en ejercicio Alfredo Alvarez Millan, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 121.000, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada sociedad mercantil 3M MANUFACTURERA VENEZUELA, S.A, representación que se evidencian de instrumento poder que se encuentra agregado a las actas y la abogada Maria Alejandra Nava, inpreabogado N° 116.540 asistiendo a la ciudadana NELLIE ODESSA RUSSO AHING en su condición de parte actora, plenamente identificado en actas. Este Tribunal una vez analizadas los términos en los cuales fue redactada la presente transacción en la cual la parte demandada paga al demandante la cantidad de un millón ciento setenta y tres mil doscientos setenta y siete bolívares con cuarenta y siete céntimos (Bs. 1.173.277,47). Este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la .....