En el día hábil de hoy, 20 de Junio de 2007, siendo las 2:47 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece el ciudadano MOISES ARIAS asistido por la abogada Diorenma Portillo y CONSORCIO FERROVIARIO CATATUMBO en su carácter de parte demandada, debidamente representada por el apoderado judicial Pedro Hernández, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada cancela al demandante la cantidad de nueve millones diez mil cuatrocientos ochenta y dos bolívares con sesenta y dos céntimos (Bs. 9.010.482,62). Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES.