En el día hábil de hoy, 15 de Octubre de 2007, siendo las 2:11 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen el ciudadano WILLIAMS JOSE PIRELA MEDINA asistido por su apoderado judicial abogado Humberto Leal; y DISTRIBUIDORA DE GALLETAS, C.A. DIGA y NELCO DRUMONT en su carácter de parte demandada, debidamente representada por los abogados Deyanira Bravo y Ricardo Gordones, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada cancela en este acto al demandante en dinero en efectivo la cantidad de cuatro millones quinientos mil bolívares (Bs. 4.500.000,00). Da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES.