En el día hábil de hoy,14 de Diciembre de 2007, siendo las 3:35 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece la ciudadana EMELINA SALON DUARTE en su carácter de parte actora asistida por su apoderado judicial abogado Víctor Márquez Finol y PEMEGAS, C.A. en su carácter de parte demandada, debidamente representada por la apoderada judicial abogada Dayana Ortega, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la demandada cancela a la demandada la cantidad de veinticuatro millones tres mil setecientos veinticinco bolívares con veintitrés céntimos (Bs. 24. 003.725,23). Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES.