En el día hábil de hoy,13 de Febrero de 2007, siendo las 11:05 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen la apoderada judicial abogada Glennys Urdaneta en representación de la demandante y MERCANTIL DEL LAGO, S.A. en su carácter de parte demandada, debidamente representada por su Director General Administrativo abogado Ricardo Romero La Roche, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la demandada le cancela en este acto a la demandante la cantidad de cuatrocientos mil bolívares (Bs. 400.000,00) en cheque corriente de la cuenta corriente del ciudadano Ricardo Romero La Roche N° 0116-0103-17-2103041247, cheque N° 53000028, a la orden de Iria Prieto con la mención no endosable, este cheque se deja en calidad de guarda y custodia en el Tribunal para ser entregado a la ciudadana Iria Prieto.. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conform.....