En el día hábil de hoy,10 de Octubre de 2007, siendo las 2:13 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen la apoderada judicial abogada Adriana Vilchez en su carácter de Procuradora de Trabajadores en representación de la demandante y CARLOS JOSE REYES BRAVO en su condición de parte demandada, debidamente representado por el apoderado judicial abogado Víctor Ávila González, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada cancelará a la demandante la cantidad de un millón de bolívares (Bs. 1.000.000,00). Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES.