En el día hábil de hoy,10 de Julio de 2012, siendo las 3:19 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece el apoderado judicial abogado Manuel Delgado en representación del demandante e ISP INTEGRAL DE SERVICIOS DE PROTECCIÓN, C.A. en su condición de parte demandada, debidamente representada por los apoderados judiciales abogados Nabor Sosa y Yosmary Romero, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada pagará al demandante el día 12/07/12 en la sede del Tribunal la cantidad de tres mil cuatrocientos ochenta (Bs. 3.480,00). Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES.